En el año 1.261 Jaime I ordenó su traducción del latín al valenciano y los juró como Derecho general de todo el Reino, con la denominación oficial de “FUEROS DE VALENCIA”, si bien aún tardarían bastante tiempo en tener una aplicación territorial generalizada. A partir del siglo XIV y siempre presididas por los reyes, las Cortes valencianas se reunieron en numerosas ocasiones, dando lugar a sucesivos cuadernos de cortes que contenían, según la ocasión, un número variable de Fueros nuevos. Con el paso de los siglos los Fueros sumaron un total de varios miles, a través de los cuales se podía dar solución a cualquiera problema de naturaleza jurídica que pudiera plantearse a los habitantes del Reino de Valencia.
Todo el Derecho valenciano fue abolido en 1.707 por Felipe V, mediante el llamado Decreto de Nueva Planta (adecuación del reino a la planta de Castilla) y no ha sido sino parcialmente recuperado hasta nuestros días, especialmente a través de la reciente reforma del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, que reconoce al Gobierno Valenciano competencias plenas en materia de Derecho Civil.
En el 2004 se crea la Comisión de codificación civil valenciana, es un órgano colegiado, adscrito a la Conselleria de Governació y bajo la dependencia de la Direcció General de Coordinació del Desenrotllament Estatutari i Promoció de l'Autogovern, que tiene por objeto la elaboración de propuestas de creación, modificación y desarrollo de disposiciones normativas relacionadas con el Derecho Foral Civil Valenciano; así como la coordinación y supervisión de los trabajos del Observatorio de Derecho Civil Valenciano.
En la la página de la
Universitat Jaume I se pueden consultar online los “Furs i Actes de Cort” promulgados por “Les Corts Valencianes” entre los años 1.238 i 1.645. Es un proyecto de transcripción, traducción i estudio de los referidos textos iniciado en 2.012, que cuenta con el apoyo de la GENERALITAT VALENCIANA y la UNIVERSITAT JAUME I.